REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTONOMO PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY 6/2017 DE 24 OCTUBRE DE 2017
MEDIDAS en vigor desde 26/10/2017
- Los autónomos podrán compatibilizar pensión de jubilación con trabajos por cuenta propia siempre y cuando acrediten tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena.
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Protección para el accidente de trabajo in itinere siempre y cuando esté cotizando por riesgos profesionales
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Cotización en supuestos de pluriactividad de trabajadores autónomos. Regula la devolución del exceso de cotización en esta situación sin necesidad de solicitarla (derecho al reintegro del 50% del exceso de sus cotizaciones
MEDIDAS PARA FACILITAR LA COTIZACION en vigor desde 01/01/2018
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Reduce a un 10% el recargo aplicable si el abono de cuotas debidas se produce dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo para su ingreso.
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Cambios posteriores de base de cotización, podrán cambiar hasta 4 veces al año la base por la que viniesen cotizando.
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Plazo de inicio de efectos de las altas y bajas. La afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que concurran en la persona de que se trate los requisitos y condiciones para su inclusión en el régimen de autónomos y hasta tres bajas dentro de cada año natural tendrán efectos desde día en que el autónomo hubiese cesado en la actividad.
MEDIDAS SOBRE FISCALIDAD en vigor desde 01/01/2018
Deducibilidad en el IRPF de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad.(porcentaje 30% y 26.67 euros/día).
BONIFICACIONES Y REDUCCIONES COTIZACIONES SEGURIDAD SOCIAL en vigor 01/01/2018
1. Amplia de 6 a 12 meses la cotización de 50 euros a la seguridad social.
2. Reduce de 5 a 2 años el periodo sin cotizar en el RETA exigido para poder acogerse a beneficios en la cotización.
3. Nueva bonificación por contratación de familiares del trabajador Autónomo del 100% durante 12 meses. (En vigor 26/10/2017).
4. Las bonificaciones serán compatibles con la contratación de asalariados.
5. Se amplían las bonificaciones para jóvenes, discapacitados y mujeres y también para la reincorporación tras la maternidad (podrán encadenar hasta 3 años de bonificaciones).
6. Posibilidad de contratación de hijos menores 30 años o discapacitados (excluida cobertura del desempleo).
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