Los gastos de representación de una empresa son:
- Viajes
- Estancias
- Comidas de empresa o con clientes
- Regalos a proveedores y clientes.
Estos gastos deben estar justificados con facturas o recibos, que serán entregados por el titular de la tarjeta a la empresa.
En el articulo 15 de la Ley de Impuestos sobre Sociedades regulan los gastos que no serán fiscalmente deducibles:
- Los donativos.
- Las liberalidades.
En los gastos de representación empresarial que es el 1% del importe neto de la cifra de negocio del periodo impositivo. Cada tarjeta tendrá un límite de gasto que deberá conocer el titular y el departamento financiero controlar.
En el articulo 11.3 de la LIS establece que para ser gastos fiscalmente deducibles deben ser contabilizados en la cuenta de pérdidas y ganancias.
En caso de permitir gastos personales se deberá de informar a los titulares como se descontaran los pagos de esas retribuciones y su tratamiento fiscal.
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